• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
  • Nº Recurso: 4077/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación y fija como doctrina jurisprudencial, en respuesta a la cuestión casacional, que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: LUIS MIGUEL BLANCO DOMINGUEZ
  • Nº Recurso: 1026/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso interpuesto y con ello, la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada reconociendo el derecho de la recurrente a ser indemnizada en 75.000 euros por los daños y perjuicios sufridos por infracción de la lex artis en la asistencia sanitaria que le fue prestada tras acudir, varias veces, al centro de salud por dolor de oídos siéndole diagnosticada una otitis y produciéndose un retraso diagnóstico de la infección meníngea que padecía lo que a su vez demoró su tratamiento posterior. En concreto se sustenta la demanda en el retraso de 17 horas sufrido por la paciente, hasta su derivación a los servicios médicos, lo que permitió que la meningitis evolucionase sin control, causando los daños por los que reclama ser indemnizada. Se estima el recurso interpuesto, a partir de la valoración de la prueba practicada, de la que se constata que, si bien la sintomatología que presentaba la recurrente, podía obedecer a distintas patologías, también se correspondía con la meningitis, que no se duda que es una enfermedad muy grave y que evoluciona muy rápidamente. Y en ello se sustenta la estimación, al no interpretarse correctamente los síntomas que presentaba la paciente demorando, con ello, su derivación al centro hospitalario correspondiente, así como su tratamiento, produciéndose una pérdida de oportunidad que le ha ocasionado numerosas secuelas por las que debe ser indemnizada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
  • Nº Recurso: 7815/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No resulta posible, en un supuesto en el que se grava únicamente el tendido eléctrico empleado en la actividad de distribución o transporte de energía eléctrica, calificar de forma general y simultánea dicho aprovechamiento como uso privativo y especial intenso y ligero. No es compatible con la regulación legal de las tasas que se emplee, para gravar el aprovechamiento especial, la base imponible prevista para el uso privativo y se apliquen diferentes tipos de gravamen, uno del 5% para supuestos de uso privativo, otro del 3,25% para el aprovechamiento especial intenso y, por último, otro del 1,5% para el aprovechamiento especial ligero, ya que operan sobre la base de cálculo determinada con los criterios propios de la utilización privativa y no con los del aprovechamiento especial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santander
  • Ponente: CLARA PENIN ALEGRE
  • Nº Recurso: 140/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra los acuerdos de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, de 4 de mayo de 2023, por los que, en el punto 5º de la citada CROTU de 4 de mayo de 2023 se desestiman sendos recursos potestativos de reposición interpuestos contra el acuerdo de la Comisión Regional de Urbanismo de 2 de febrero de 2023 por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Expropiación Forzosa por el procedimiento de tasación conjunta del Proyecto Singular de Interés Regional del Área Estratégica Integral del Llano de la Pasiega. Señala la Sala que respecto de la falta de programación y sostenibilidad del PSIR al no establecer plazos de inicio y finalización de las obras, como indica el Gobierno de Cantabria, fases y etapas claramente definidas, un plazo de ejecución de 17 meses desde la ocupación de los terrenos, no siendo necesario fijar fechas concretas de inicio de obras en este tipo de instrumentos. Y añade que se cuestiona la viabilidad económica del proyecto, especialmente de la estación intermodal ferroviaria por falta de confirmación de su viabilidad. Esta infraestructura viene justificada en la memoria suficientemente. Las simples deudas de confirmación de viabilidad sin sustento probatorio y sin argumentación de la relación de causalidad con el objeto del pleito eximen a la Sala de mayor profundización al respecto, señala la sentencia. Y también se dice en la sentencia que, como apunta el Ayuntamiento codemandado, no dejan de ser alegaciones abstractas, inconexas y no vinculadas al acto concreto impugnado. Y respecto a la ausencia de un estudio de sostenibilidad, señala la sentencia que claramente se incorpora éste en la documentación de acceso on-line con sólo clicar al enlace del BOC.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
  • Nº Recurso: 424/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. En su sentencia a Sala desestima todas las las alegaciones de la parte recurrente, que van desde los defectos en la tramitación procedimental o la vulneración del principio de jerarquía normativa, hasta la ausencia del proceso de concertación o de motivación en la fijación de los caudales, siendo, precisamente, la presunta arbitrariedad con la que la Administración demandada fijó el régimen y valores de caudales ecológicos en el Plan Hidrológico del Tajo, el motivo principal de impugnación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 4437/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima recuso de casación interpuesto por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que estimó recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira y el Ayuntamiento de Peligro, contra la resolución que acordó la imposición de una sanción y la obligación de indemnizar los daños al dominio público hidráulico. La Sala reitera como doctrina jurisprudencial que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Voto particular concurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: LAURA MESTRES ESTRUCH
  • Nº Recurso: 852/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras desestimar la sentencia que se haya producido la caducidad del procedimiento inspector, al no computarse 78 días durante el periodo de la pandemia por Covid-19, sin que por ello haya transcurrido el plazo máximo de su duración, declara que la función de la amortización fiscal no es otra que reflejar contablemente la depreciación efectiva de los elementos patrimoniales afectos a la obtención de ingresos, vinculada al desgaste, obsolescencia o pérdida de valor derivada del uso o del paso del tiempo. Esta naturaleza intrínseca de la amortización impone, por lógica, que la deducción no pueda prolongarse más allá del valor amortizable del bien, pues ninguna pérdida superior a dicho valor puede producirse en términos económicos ni jurídicos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4218/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado frente a sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recaída en expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico. La Sala en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, reitera que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Y es que los límites de emisión de vertidos que garanticen la calidad de las aguas solo se consiguen a través de los tratamientos que proporcionan las instalaciones comprometidas y no ejecutadas por una Administración ajena a la Administración sancionada, circunstancia que excluye la antijuricidad de la conducta. Por tanto, en el supuesto examinado concurre la exención de responsabilidad del consorcio y del ayuntamiento sancionados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 5293/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado frente a sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recaída en expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico. La Sala en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, reitera que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. Y es que los límites de emisión de vertidos que garanticen la calidad de las aguas solo se consiguen a través de los tratamientos que proporcionan las instalaciones comprometidas y no ejecutadas por una Administración ajena a la Administración sancionada, circunstancia que excluye la antijuricidad de la conducta. Por tanto, en el supuesto examinado concurre la exención de responsabilidad de la empresa municipal sancionada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: PEDRO LUIS ROAS MARTIN
  • Nº Recurso: 781/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación de recurso de apelación contra sentencia sobre liquidación de contrato administrativo. Se interpone un recurso de apelación contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que desestimó la impugnación de un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pozoblanco, que aprobó la liquidación del contrato de concesión del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales. La parte recurrente argumenta que la sentencia infringe la naturaleza revisora de la jurisdicción contencioso-administrativa y presenta incongruencias internas, al considerar que el acto impugnado se basa en previsiones contractuales inaplicables debido a la expiración del contrato en 2011. Además, sostiene que se vulneran las reglas de prescripción de acciones de responsabilidad contractual, ya que el plazo de cinco años para reclamar había expirado. La recurrente también alega que se exige la reversión de las instalaciones en perfecto estado, lo que resulta desproporcionado tras 12 años de prestación del servicio sin contrato. Por su parte, la parte demandada defiende la legalidad del acuerdo y la continuidad de la prestación del servicio, argumentando que la liquidación se realizó conforme a la normativa aplicable. El tribunal, tras analizar los argumentos, concluye que la sentencia de primera instancia no incurre en los vicios alegados y que la prolongación de la prestación del servicio se realizó con el consentimiento tácito de ambas partes, aplicando la doctrina del enriquecimiento injusto para evitar el empobrecimiento de una de las partes. Por lo tanto, se desestima el recurso de apelación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.